Una multa de tráfico
es una sanción económica que se impone por incumplir el reglamento de seguridad
vial. Según éste existen dos tipos de sanciones: multas y sustracción de
puntos del permiso de conducir.
Estas dos formas de sanción se complementan entre sí, con
el fin de rectificar el comportamiento de los conductores y de evitar que se
cometan futuras infracciones.
Las sanciones de tráfico se expresan a través de un boletín
de denuncia. Este documento puede entregarse en mano cuando el agente
detiene el vehículo o por correo certificado.
Las
sanciones recaen sobre quien las comete siempre que se pueda demostrar.
En caso de no identificar al infractor, la sanción se le impone al propietario
del vehículo. También recaen sobre el propietario del vehículo las sanciones
impuestas por irregularidades en la documentación del automóvil.
Faltas en la seguridad vial
Por
falta se entiende todo incumplimiento de cualquier norma, en este caso
del Reglamento de Circulación. Toda falta cometida conlleva una sanción.
En
seguridad las faltas se clasifican en tres grupos dependiendo de su gravedad.
Así se distingue entre faltas leves, graves y muy graves.
Sanciones de Tráfico
Las
sanciones de tráfico son aquellas consecuencias o efectos que se imponen
al conductor como consecuencia de haber cometido una falta en la seguridad
vial.
Dependiendo de la gravedad
de la falta la sanción que conlleva puede ser de tres tipos: sanción leve,
grave y muy grave. También existe otra sanción más dura que las anteriores.
Notificación del boletín de denuncia
Cuando
a una persona se le impone una sanción ésta debe ser notificada por escrito a
través de un boletín de denuncia. Es un documento que incluye la
identificación del agente, del vehículo y del conductor, el lugar donde se
produjo la falta y su descripción.
Una
vez que el boletín de denuncia ha sido entregado se supone que la sanción ha
sido notificada por lo que se considera que la sanción está en trámite.
Existen
dos maneras de notificar una sanción. En mano cuando el agente detiene
el vehículo o por correo certificado cuando el vehículo no se ha detenido.
Firma de un boletín de denuncia
Siempre
que un agente detiene un vehículo para entregar el boletín de denuncia solicita
la firma del sancionado en el documento. Éste tiene el derecho de firmar o no
firmar:
·
Si decide no firmar: el
proceso no se altera y la entrega del boletín de denuncia se hará por correo
certificado.
· Si decide firmar: en ningún caso el sancionado está
demostrando su acuerdo con la sanción. La firma simplemente supone una
certificación de haber recibido el boletín de denuncia.
Recurso de una sanción
Recurrir
consiste en presentar un documento
de desacuerdo a una sanción. Tiene como fin que el organismo competente revise
las condiciones en que la sanción fue impuesta y valore si ésta fue procedente
o improcedente.
Todos
los procesos de recurso están sujetos a unos plazos que el sancionado debe
cumplir para que el trámite sea válido. Todos ellos son mencionados en el
boletín de denuncia.
Vigencia de una sanción
Las sanciones de tráfico no
tienen una duración indefinida. Si en un plazo de 6 meses desde la notificación
del boletín de denuncia el sancionado no recibe la sanción firme debe entender
que el proceso ha sido anulado.
Para que se considere una sanción
anulada debe cumplirse que:
·
El sancionado no sea el
culpable de la paralización del proceso de la sanción.
·
La sanción no esté en
trámite o el proceso no sea interrumpido en espera de la resolución de un
recurso o de cualquier otro asunto relacionado con la sanción.
Sanción firme
Tras la notificación del
boletín de denuncia la sanción entra en trámite. El sancionado debe recibir en
su domicilio un nuevo documento informativo de que la sanción se hace firme.
Cuando esto ocurre, el sancionado está obligado a abonar el importe y la
pérdida de puntos, si procede, se hace efectiva.
Una sanción se hace firme
desde el punto de vista administrativo cuando:
·
El sancionado deja
pasar un mes desde la notificación del boletín de denuncia y no presenta ningún
recurso.
· Tras haber presentado un recurso, se recibe la
resolución de que la sanción no ha sido retirada.
Observaciones
Cuando
un conductor se enfrenta a una sanción que no supone la retirada del permiso de
conducir tiene derecho a una reducción del 30% sobre su importe total. Para
ello debe abonarla antes de que se haga firme.
También
se puede reducir el importe de la sanción en un 30% realizando un curso
formativo de seguridad vial. Ésta es la denominada medida de reeducación
vial.
La Administración se reserva el derecho de sancionar una
falta contra la seguridad vial hasta un año después de haber sido cometida.
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